El pasado 13 de abril se incluyó en el BOE 13-04-2021 el nuevo marco normativo del Acuerdo Europeo para el transporte de mercancías peligrosas por carretera ADR 2021, elemento prioritario para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) teniendo en cuenta la evolución del sector.
«Es esencial fijar unas reglas claras para el transporte seguro de estas necesarias mercancías y constituye una línea de acción prioritaria.»
La seguridad del transporte de mercancías peligrosas por carretera es mucho más importante en el caso de carburantes, gas orgánico o butano, lejías, pinturas, baterías, muestras biológicas, delitos, etc. por las consecuencias que un posible accidente puede tener sobre las personas y el medio ambiente, además de la importancia que tienen esas mercancías para nuestras vidas.
Cambios en el ADR 2021
Esta nueva modificación presentada en el BOE afecta principalmente al modo de transporte por carretera. Las principales modificaciones de 2021 en el acuerdo ADR para el transporte de productos peligrosos son:
- Se añaden nuevas sustancias a las ya clasificadas como peligrosas.
- Se han hecho algunos cambios en el etiquetado y señalización de las mercancías peligrosas con el objetivo de reconocer fácilmente estos transportes.
- Han habido cambios en la forma de embalar la mercancía, a raíz de la aparición de nuevas sustancias y productos.
- Se han añadido nuevas normas para la fabricación de remolques cisterna y su posterior homologación.
- Aparece nueva regulación del transporte de materiales radioactivos, sobre todo el destinado a uso médico o farmacológico.
- Se han cambiado las condiciones de transporte de las baterías de litio, servicio que se ha multiplicado en los últimos años.
- Se han creado nuevas disposiciones especiales para hacer más sencillo el transporte de mercancías peligrosas de forma segura bajo ciertas condiciones.
Tras el acuerdo del Consejo de Ministros celebrado el pasado mes de marzo, el nuevo texto consolidado del ADR 2021 se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado. Las modificaciones recogidas dentro de este ADR presentado en el BOE 13-04-2021 será de aplicación obligatoria por todo transportista a partir del 1 de julio de 2021.
ADR, un acuerdo en constante renovación
El Acuerdo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, del inglés European Agreement concerning the International Carriage of Dangerous Goods by Road (conocido llanamente como ADR), se desarrolla bajo el marco de la Organización de Naciones Unidas, y es el encargado de dictaminar cómo deben realizarse los movimiento de mercancías peligrosas por carretera, tanto en España como en el resto de la Unión Europea.
El ADR es un acuerdo que se actualiza cada dos años para adaptarse a las mejoras heredadas de la ciencia y la tecnología, a los nuevos productos y sustancias que aparecen en el mercado, y a las nuevas exigencias del transporte para garantizar la seguridad.
La intención final de este acuerdo es garantizar la seguridad de las personas, la de los bienes tanto los transportados como los que rodean al vehículo en su traslado, y por último también proteger el medio ambiente.
Recordar que a nivel europeo, esta nueva actualización es aplicable desde el 1 de enero de 2021 y por ende, con sus 6 meses de adaptación, no es hasta el 1 de julio de 2021 que pasa a ser de aplicación obligatoria.
Fuentes: Transporte Profesional y TransCamión